10b. PROCESO DE DESAMORTIZACIÓN Y CAMBIOS AGRARIOS
Desde la Edad Media el régimen más común de propiedad de la tierra fue la amortización; vinculados a una persona jurídica. Esta situación se ratificó en España con las Leyes de Toro de 1505, en las que se instituyó el mayorazgo para evitar la pérdida de poder económico de la nobleza.
Las doctrinas fisiocráticas de la Ilustración criticaron este régimen de propiedad por considerarlo poco racional y un lastre para la modernización de las explotaciones. Además, lamentaban que los campesinos no pudieran adquirir la propiedad de las tierras que cultivaban. El remedio para la situación pasaría porque el Estado se haría con las tierras amortizadas y las pondría en venta, planteamiento que los liberales decimonónicos compartirían entendiéndolo como un elemento clave para la desaparición del Antiguo Régimen y para la generación de una riqueza que permitiría el saneamiento de la Hacienda Pública. Para ellos el único modo de hacer del campo una fuente de ingresos era una reconversión del mundo agrario pasando por una modificación de la estructura de la propiedad. Desde estos planteamientos, el liberalismo acometió las desamortizaciones, estructuradas en dos pasos: a) la nacionalización, con o sin indemnización, de los bienes de “manos muertas”; b) la venta de estos bienes a propietarios individuales.
Las grandes desamortizaciones tuvieron importantes antecedentes en España, que parten desde la Real Provisión del conde de Aranda en 1766, que permitió el alquiler de tierras de propiedad municipal a los vecinos más necesitados, pero al tratarse de alquileres, no puede considerarse como una verdadera desamortización. El primer proceso de nuestra historia que podemos considerar como desamortizador en sentido estricto fue la denominada desamortización de Godoy, que fue una solución a los problemas crónicos de la Hacienda española durante el reinado de Carlos IV, estuvo aplicada durante diez años hasta su paralización por Fernando VII.
Ya durante la Guerra de la Independencia, tanto las autoridades francesas como los liberales gaditanos aprobaron diversas medidas desamortizadoras, esas medidas se paralizaron con el retorno de “El Deseado” y la promulgación de los Decretos de Valencia en 1814. Por último, precedente inmediato de las desamortizaciones isabelinas fueron las disposiciones promulgadas en este sentido durante el Trienio Liberal y recogidas en Decretos aprobados en octubre de 1820.
Fallecido Fernando VII en 1833, distintas causas hacen que el proceso desamortizador alcance sus mayores proporciones en el Reinado de Isabel II, destacamos la necesidad que tiene María Cristina de conseguir fondos para afrontar la guerra contra los carlistas.
La primera gran desamortización corresponde a Mendizábal. Desde la cartera de Hacienda Mendizábal será responsable de la denominada desamortización eclesiástica de 1836. En el Preámbulo del texto legal que la desarrolló se recogen sus objetivos socioeconómicos, financieros y políticos, entre los que destaca: permitir a los campesinos el acceso a la propiedad, conseguir fondos que permitieran el sostenimiento de la guerra y el pago de la deuda pública que debía afrontar el gobierno etc.
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| MENDIZABAL |
Convertidas en bienes nacionales, las propiedades eclesiásticas fueron vendidas en subasta pública, la gran mayoría de las tierras las compraron nobles o burgueses adinerados, por lo que el objetivo de permitir el acceso a la propiedad a los campesinos nunca se consiguió. La desamortización de Mendizábal fue relevante, primero por su volumen, en segundo lugar, por la rapidez con que se realizó y, sobre todo, porque significó la irreversibilidad del proceso de cambio en la estructura de la propiedad. La desamortización mendizabalista continuó durante la Regencia de Espartero, aunque con el acceso al trono de Isabel II los nuevos gobernantes moderados la detuvieron en un intento de recuperación de las buenas relaciones con la Iglesia que acabaría plasmándose posteriormente en el Concordato de Bravo Murillo de 1851.
Durante el bienio esparterista (1854-1856) y los progresistas de nuevo en el poder se reanudó la política desamortizadora impulsadas por Madoz en 1855. Un Decreto de 3 de mayo de 1855 establecía la venta de toda clase de propiedades rústicas y urbanas pertenecientes en general a todos los bienes que permanecieran amortizados, a esta desamortización de Madoz se ha llamado desamortización “civil”, por comparación con la “eclesiástica” de 1836; Esta desamortización estuvo vigente, salvo el período entre octubre de 1856 y 1858, hasta su anulación en 1924 y las cantidades recaudadas se emplearon en cubrir el déficit presupuestario del Estado, amortizar la deuda, realizar importantes obras públicas etc
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| MADOZ |
En las consecuencias sociales, no se formó una amplia clase media agraria, el proceso desamortizador ayudó a la sustitución de la estructura señorial heredada del Antiguo Régimen por otra capitalista, las desamortizaciones fueron un factor importante en la consolidación de las clases medias urbanas.
Por otro lado, la expropiación de los bienes de propios, baldíos y comunes empobreció a los Ayuntamientos, al tiempo que la privatización afectó negativamente a la economía. Por otro, se ocasionó el desmantelamiento casi por completo del poder económico de la Iglesia, por último, se originó la exclaustración de miles de religiosos.
Entre las consecuencias políticas tenemos que destacar que los beneficiados por las desamortizaciones fueron una masa de incondicionales a la causa liberal, aunque el polo opuesto se mostraban más afines a la Iglesia. Igualmente , se produjo tensiones entre la Iglesia y el Estado liberal. No obstante uno de los objetivos de la desamortización fue la creación de una nueva clase de pequeños y medianos propietarios rurales adeptos al régimen liberal.


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